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La Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, establece los requisitos mínimos destinados a prevenir accidentes graves en las operaciones relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro y a limitar las consecuencias de tales accidentes.

La Directiva 2013/30/UE establece los principios generales de la gestión de riesgos relativos a las operaciones relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro, que son:

  • Los Estados miembros exigirán a los operadores que velen por que se adopten todas las medidas adecuadas para prevenir los accidentes graves relativos a las operaciones relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro.
  • Los Estados miembros garantizarán que los operadores no estén exentos de sus obligaciones en virtud de la presente Directiva por el hecho de que las acciones u omisiones que den lugar o contribuyan a accidentes graves sean imputables a los contratistas.
  • En caso de producirse un accidente grave, los Estados miembros garantizarán que los operadores adopten todas las medidas adecuadas para limitar sus consecuencias para la salud humana y el medio ambiente.
  • Los Estados miembros exigirán a los operadores que garanticen que las operaciones relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro se lleven a cabo sobre la base de una gestión de riesgos sistemática de manera que los riesgos residuales de accidentes graves que afecten a las personas, el medio ambiente y las instalaciones mar adentro sean considerados aceptables.

 

Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro, y que modifica la Directiva 2004/35/CE.

Fuente

 

 
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