Tal y como os veníamos contando, el Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado cuatro directivas que modifican ciertas normativas europeas que afectan al medio ambiente. Este artículo se centra en la Directiva (UE) 2018/849 por la que se modifican la Directiva 2000/53/CE relativa a los vehículos al final de su vida útil, la Directiva 2006/66/CE relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores y la Directiva 2012/19/UE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
La gestión de residuos en la Unión debe mejorarse con miras a proteger, preservar y mejorar la calidad del medio ambiente, así como a proteger la salud humana, garantizar la utilización prudente, eficiente y racional de los recursos naturales y promover los principios de la economía circular.
A fin de reducir la carga administrativa para las pequeñas entidades o empresas, conviene simplificar los requisitos de autorización y registro que les son aplicables.
Los informes de aplicación preparados por los Estados miembros cada tres años no han resultado ser un instrumento eficaz para comprobar el cumplimiento ni garantizar la correcta aplicación de la normativa, aparte de que generan una carga administrativa innecesaria. Por tanto, conviene derogar las disposiciones que obligan a los Estados miembros a elaborar tales informes. Antes bien, el control del cumplimiento debe basarse exclusivamente en los datos que los Estados miembros comuniquen cada año a la Comisión.
Los datos comunicados por los Estados miembros son esenciales para que la Comisión evalúe el cumplimiento del Derecho de la Unión en materia de residuos por parte de los Estados miembros. Deben mejorarse la calidad, fiabilidad y comparabilidad de los datos mediante el establecimiento de una ventanilla única para la comunicación de todos los datos sobre residuos, la supresión de requisitos obsoletos de información, la evaluación comparativa de las metodologías nacionales al respecto y la elaboración de un informe de control de la calidad de los datos.
La comunicación fiable de datos relativos a la gestión de residuos es primordial para una aplicación eficiente de la normativa y para garantizar la comparabilidad de datos entre los Estados miembros. En consecuencia, al informar sobre la consecución de los objetivos establecidos en las Directivas 2000/53/CE, 2006/66/CE y 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, los Estados miembros deben utilizar las normas más recientes desarrolladas por la Comisión y la metodología desarrollada por las correspondientes autoridades nacionales competentes responsables de la aplicación de dichas Directivas.
La jerarquía de residuos establecida en la Directiva 2008/98/CE se aplica como orden de prioridades en la legislación de la Unión en materia de prevención y gestión de residuos. En el cumplimiento de los objetivos de la presente Directiva, los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para tener en cuenta el orden de prioridades de la jerarquía de residuos y garantizar la aplicación práctica de dichas prioridades.
En el contexto del compromiso de la Unión de realizar la transición hacia una economía circular, deben revisarse las Directivas 2000/53/CE, 2006/66/CE y 2012/19/UE, y, si es necesario, modificarse, teniendo en cuenta su aplicación y tomando en consideración, entre otras cuestiones, la viabilidad de establecer objetivos para los materiales contenidos en los flujos de residuos de que se trata. En el marco de la revisión de la Directiva 2000/53/CE, relativa a los vehículos al final de su vida útil, también debe prestarse atención al problema de los vehículos al final de su vida útil no contabilizados, incluido el traslado de vehículos usados de los que se sospeche que están al final de su vida útil, y a la aplicación de las Guías de Corresponsales n.o 9 sobre traslados de vehículos de desguace. En el marco de la revisión de la Directiva 2006/66/CE, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores, debe además tenerse en cuenta el desarrollo técnico de nuevos tipos de baterías que no utilicen sustancias peligrosas.
A fin de modificar y completar la Directiva 2000/53/CE y de modificar la Directiva 2012/19/UE sobre RAEE, deben delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos con arreglo al artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Reviste especial importancia que la Comisión lleve a cabo las consultas oportunas durante la fase preparatoria, en particular con expertos, y que esas consultas se realicen de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación. En particular, a fin de garantizar una participación equitativa en la preparación de los actos delegados, el Parlamento Europeo y el Consejo reciben toda la documentación al mismo tiempo que los expertos de los Estados miembros, y sus expertos tienen sistemáticamente acceso a las reuniones de los grupos de expertos de la Comisión que se ocupen de la preparación de actos delegados.