cat legislacion ambiental

El primer párrafo de la Exposición de Motivos nos servirá para determinar el contexto que precede a su aprobación: "El asociacionismo agrario, como fenómeno general, y las cooperativas en particular, son protagonistas del gran cambio experimentado en el sector agroalimentario español, contribuyendo a la vertebración del territorio, al dar continuidad a la actividad agraria, fomentando el empleo rural y teniendo una especial capacidad para ser motor de desarrollo económico y social, favoreciendo, por tanto, la viabilidad y sostenibilidad de nuestras zonas rurales".

El problema que acusa el sector es su atomización, por lo que se cree necesario poner en marcha medidas que fomenten la integración cooperativa y asociativa de grupos comercializadores de base cooperativa, con ámbito de actuación superior al de una comunidad autónoma, con el fin de operar en toda la cadena agroalimentaria. Para ello será necesario vencer los obstáculos que frenan la integración, derivados de la anterior PAC y a la larga aumentar su productividad y eficiencia.

En este marco, la presente ley tiene por objeto el fomento de la fusión e integración de las cooperativas agrarias y demás formas asociativas en el ámbito agroalimentario, de suficiente dimensión económica, y cuya implantación y ámbito de actuación económica sean de carácter supraautonómico, instrumentando, en su caso, las medidas necesarias para obtener un tamaño adecuado que les permita alcanzar los fines previstos en esta ley.

La ley se estructura en cinco capítulos con seis artículos, una disposición adicional, una disposición transitoria y cinco finales.

  • El capítulo I establece las disposiciones generales: objeto y ámbito de aplicación y fines.
  • El capítulo II establece las condiciones que deben cumplir las entidades asociativas prioritarias para su reconocimiento.
  • El capítulo III se refiere a las ayudas y beneficios previstos ante las diferentes situaciones de preferencia tanto de las entidades asociativas resultantes como las que las que integran y sus productores.
  • El capítulo IV crea, adscrito a la Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias.
  • En el capítulo V se regula el régimen de financiación de las ayudas, así como la colaboración de las comunidades autónomas.

Entrada en vigor: 23 de agosto de 2013.

 

Normas afectadas:

  • Se modifica la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas: Se da nueva redacción al artículo 6 y se incluye un nuevo apartado 2. Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 56, al artículo 93.
  • Se modifica la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, de Régimen fiscal de las Cooperativas: Se da nueva redacción al apartado 1 y a las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 9.
 

 

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