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La Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de cooperación y desarrollo sostenible tiene por objeto establecer y regular el régimen jurídico al cual se ha de ajustar la actividad de la administración de la Generalitat y de su sector público dependiente en materia de cooperación internacional al desarrollo y de solidaridad internacional y del cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

La cooperación internacional al desarrollo, como política pública de la Generalitat, comprende el conjunto de actuaciones y recursos que se ponen al servicio de los pueblos más desfavorecidos, en países empobrecidos, desde un enfoque de género, de derechos humanos y de derechos de la infancia, contribuyendo de este modo a la erradicación de la pobreza; al desarrollo humano, económico y social; a la defensa de los derechos humanos, y a unas relaciones internacionales basadas en la justicia. Así mismo, comprende las actuaciones de educación para la ciudadanía global y sensibilización social para el fomento de la solidaridad y la justicia social.

Las actuaciones y recursos que, en el ejercicio de sus competencias, destine la Generalitat en materia de cooperación internacional al desarrollo se situarán en el marco de la contribución al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobados por Naciones Unidas, sin perjuicio de lo establecido en la legislación estatal en materia de cooperación internacional al desarrollo.

Los recursos destinados a cooperación internacional al desarrollo por esta ley son aquellos que cumplen los requisitos establecidos por el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.

Ámbito de aplicación

  1. Esta ley es aplicable en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.
  2. Se rigen por esta ley todas las actuaciones, iniciativas, capacidades y recursos de la Generalitat, y de su sector público dependiente, en materia de cooperación internacional al desarrollo, incluida la acción humanitaria, así como las relaciones de coordinación y colaboración para la consecución de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que hayan de mantenerse entre la Generalitat y las entidades locales de la Comunitat Valenciana y demás agentes sociales públicos y privados, en la Comunitat, que lleven a cabo actuaciones en este ámbito.
  3. Los principios, objetivos y prioridades establecidos en esta ley, así como las directrices básicas fijadas por la planificación de la Generalitat en esta materia, informarán las actuaciones de cooperación internacional al desarrollo y aquellas relacionadas con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que impulsen o lleven a cabo los agentes de cooperación internacional al desarrollo y, especialmente, las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana, sin perjuicio de su autonomía en el ejercicio de las competencias que les son propias.
  4. Las políticas y actuaciones que lleven a cabo las administraciones públicas o los agentes de cooperación internacional al desarrollo de la Comunitat Valenciana, en el ámbito de esta ley, incorporarán como propios los cinco ejes centrales de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas:
    1. Personas. Las llevadas a cabo con la finalidad de poner fin a la pobreza y el hambre en todas sus formas y dimensiones, y de velar por que todos los seres humanos puedan realizar su potencial con dignidad e igualdad y en un medio ambiente saludable.
    2. Planeta. Las llevadas a cabo con la finalidad de proteger el planeta contra la degradación, incluso mediante el consumo y la producción sostenibles, la gestión sostenible de sus recursos naturales y medidas urgentes para hacer frente al cambio climático, de manera que pueda satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras.
    3. Prosperidad. Las llevadas a cabo con la finalidad de velar por que todos los seres humanos puedan disfrutar de una vida próspera y plena, y de que el progreso económico, social y tecnológico se produzca en armonía con la naturaleza.
    4. Paz. Las llevadas a cabo con la finalidad de propiciar sociedades pacíficas, justas e inclusivas que estén libres del temor y la violencia. El desarrollo no es posible sin la paz, ni la paz puede existir sin el desarrollo sostenible.
    5. Alianzas/partenariado. Las llevadas a cabo con la finalidad de movilizar los medios necesarios para desarrollar y promover la Agenda 2030 mediante una alianza mundial para el desarrollo revitalizada, que se base en un espíritu de mayor solidaridad mundial y se centre particularmente en las necesidades de las gentes más pobres y vulnerables, con la colaboración de todos los países, todas las partes interesadas y todas las personas.
  5. Las administraciones públicas valencianas velarán por la coherencia de sus actuaciones relacionadas con la cooperación internacional al desarrollo y la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, para lo cual se articularán los mecanismos de coordinación necesarios entre ellas, así como con otras administraciones públicas, instituciones, agencias y organismos internacionales de cooperación.

Principios

  1. La política de la Generalitat en materia de cooperación internacional al desarrollo incorporará como propios los principios, valores, objetivos y directrices adoptados en el seno de los organismos internacionales competentes en la materia, para contribuir al cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y a la defensa de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asimismo, se inspira en los principios, objetivos y prioridades que establece la legislación estatal de cooperación internacional al desarrollo.
  2. Se consideran como principios generales: la planificación con la participación de la pluralidad de actores, la eficacia, la eficiencia y el seguimiento y la evaluación en todo el proceso de la cooperación; la rendición de cuentas, a través de la profesionalización y gestión por resultados evaluables y la transparencia, así como la promoción del trabajo decente como herramienta de desarrollo.
  3. Dentro de los principios rectores de la actuación, tendrán una especial relevancia en el establecimiento y ejecución de la política de la Generalitat en materia de cooperación internacional al desarrollo y de consecución de los objetivos marcados por la agenda internacional:
    1. La defensa, promoción y cumplimiento efectivo de los derechos humanos en toda su extensión, como derechos universales e indivisibles de la paz y la democracia.
    2. La defensa del derecho de los pueblos indígenas al autodesarrollo y a la cultura, la lengua y la identidad propias, así como el respeto de los modelos de desarrollo social, cultural, económico y político de los países y pueblos con los que se coopere, como responsables de su propio desarrollo.
    3. La creación de un entorno favorable y el fomento de la economía social en los países objeto de actuaciones de cooperación, para llegar a alcanzar los objetivos económicos, sociales y medioambientales así como los enfoques integrados inherentes al concepto de desarrollo sostenible, y un desarrollo económico local en términos de empleo y cohesión social.
    4. La cooperación integral del territorio en la definición y construcción de políticas públicas e instrumentos de desarrollo económico local, vinculadas con la cooperación internacional al desarrollo y la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que promueva la articulación de agentes y actores de la Comunitat en los países y municipios donde se centre la actuación.
    5. El impulso de la responsabilidad social empresarial en el sector privado para promover el crecimiento inclusivo de los países empobrecidos.
    6. La centralidad en el enfoque de género en desarrollo y el enfoque basado en los derechos humanos (EBDH), individuales y colectivos, por su carácter transformador y emancipador y por su clara orientación al fortalecimiento de capacidades y reducción de vulnerabilidades.
    7. El enfoque integral de derechos en la infancia en todas las actuaciones, que deberán garantizar el derecho que las niñas y los niños tienen a desarrollarse hasta el máximo de sus potenciales.
    8. Las acciones de cooperación, que habrán de constituir manifestación del compromiso solidario del pueblo valenciano con los sectores más desfavorecidos de los países objeto de actuaciones de cooperación, no podrán estar orientadas, ni directa ni indirectamente, a la recepción de contraprestaciones, de cualquier naturaleza, de los donantes.
    9. La coherencia de políticas con el desarrollo sostenible, de forma que las políticas generales y sectoriales que se desarrollen desde la Generalitat, y desde la Comunitat Valenciana, estén dirigidas a la consecución de los Objetivos de la Agenda 2030. Esta transversalidad responde a la necesidad de considerar el compromiso para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) una política de gobierno.
    10. La planificación con participación de la pluralidad de actores, en la Comunitat Valenciana, en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo y la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible.
    11. La eficacia, la eficiencia y la responsabilidad en la planificación, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los programas, proyectos y acciones para una mejor calidad de la cooperación internacional para el desarrollo y la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y gestión del conocimiento.
    12. La transparencia, como base de la rendición de cuentas, es un instrumento esencial para comprender y legitimar las políticas de cooperación internacional al desarrollo.
    13. La complementariedad de las acciones a través de la coordinación y cooperación entre los agentes contemplados en esta ley y la incorporación de la especificidad de cada uno.
    14. La alineación con las políticas públicas de cooperación internacional al desarrollo del Estado español y del país receptor de la ayuda oficial al desarrollo, y con la agenda internacional de desarrollo sostenible, siempre que cuenten con la participación de la sociedad organizada de los países empobrecidos y no entren en contradicción con el resto de epígrafes de este mismo apartado.
    15. La comunicación para el desarrollo como una herramienta estratégica para mejorar la rendición de cuentas y la transparencia en relación con la información, la financiación y la participación de los agentes de cooperación internacional al desarrollo, así como en el empleo de todas las formas y modalidades de cooperación previstas en esta ley.
    16. El diálogo social permanente con todos los agentes públicos y privados, con la sociedad civil y la participación ciudadana en el diseño, ejecución y evaluación de la política de cooperación internacional al desarrollo contemplada en esta ley.
    17. El impulso de la conciencia de ciudadanía global en la sociedad valenciana.
    18. La evaluación, investigación y análisis sobre el impacto de las políticas y acciones en cooperación internacional al desarrollo del Consell para disponer de un marco de referencia sólido con relación a la «huella» de la Generalitat en el exterior, y optimizar el impacto de estas políticas de cooperación.
    19. La construcción de partenariados globales para afrontar los retos globales de desarrollo sostenible.
    20. La promoción de políticas públicas orientadas a la profundización democrática a partir del reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos, la apertura de espacios de participación y la incorporación de modelos de desarrollo coherentes con sus valores y propuestas, garantizando la plena participación de las mujeres.
    21. Trabajar por la paz.
  4. El Consell, para la mejor consecución de los fines y la mayor eficiencia de los recursos destinados, desarrollará una política activa de colaboración con las entidades locales de la Comunitat Valenciana que destinen recursos a la cooperación internacional al desarrollo, estableciendo sistemas de coordinación e información permanente con la conselleria competente en materia de cooperación internacional al desarrollo.

 

Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de cooperación y desarrollo sostenible

 

 
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