La Memoria 2017 de la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado detalla las actividades e iniciativas desarrolladas por la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado a lo largo del pasado año 2017. En este artículo se analiza su participación en propuestas legislativas e intervención en la tramitación de procedimientos de naturaleza jurídico ambiental en lo referente a los malos tratos a animales domésticos y a animales domésticos peligrosos. En esta materia, se constata la aplicación de la normativa penal de una manera constante y creciente, lo que se comprueba por la simple observación de las estadísticas existentes al respecto.
En consonancia con la necesidad de establecer pautas de actuación que conduzcan a proteger, asegurar y recuperar, física y psicológicamente a los animales que han sufrido maltrato, se insta a los Fiscales a realizar controles que eviten el sacrificio de éstos. Así la Fiscalía de Cáceres se pronuncia en ese sentido y refiere la importancia de dar prioridad en la tramitación de las causas por malos tratos al aseguramiento de la vida del animal.
Recientemente se ha instado a los Fiscales Delegados a realizar un especial control de los casos judiciales para que en los supuestos de hechos más graves se opongan a la sustitución o suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad.
En este contexto la Fiscalía de Madrid destaca la necesidad, a efectos de tipificación, valorar el número de animales afectados por el maltrato, ya que tras la reforma de 2010 se ha sustituido en el art. 337 C.P. la expresión “animales” por “un animal”, por lo que pueden darse situaciones de pluralidad delictiva que en principio tendrían su encaje en la figura del delito continuado.
Por otra parte, las Fiscalías de Córdoba, Ciudad Real, Cáceres, Sevilla y Huelva inciden en la importancia del aumento de participación ciudadana, apreciándose mayor número de denuncias de asociaciones protectoras, del colegio de abogados y de particulares. Muestra de ello es el aumento de procesos judiciales por maltrato animal y sentencias de condena. Se trata de un aumento llamativo y que suele ir seguido de una mayor sensibilización de los Juzgados, en los que no han existido ni archivos infundados ni sentencias absolutorias.
En este ámbito de colaboración, la Memoria de La Rioja realiza una apreciación que no pasa inadvertida y señala que la bandera o la causa proteccionista de los animales no siempre está exenta de intereses encontrados, detectando casos de competencia entre diversas asociaciones protectoras, al punto de unas denuncian a otras, penal o administrativamente, por el deficiente trato, o, mejor, posible maltrato dispensado a los animales que se hallan bajo su custodia.
La Fiscal Delegada de Cáceres destaca que la mayoría de sentencias condenatorias se alcanzan por conformidad de las partes, a lo que no ha debido ser ajena la convicción y solvencia de las acusaciones presentadas por el delito.
A reseñar las provincias de Albacete, Ciudad Real, Pontevedra, Granada, Zamora, Bizkaia y Toledo, destacando el gran número de causas incoadas por maltrato animal, concluyendo en su mayoría con sentencias condenatorias. En el caso de Bizkaia destaca especialmente la gran variedad de especies sometidas a malos tratos y los diferentes modus operandi de llevarlo a cabo, predominando las causas por omisión de los cuidados mínimos.
Por su parte el Fiscal Delegado de Asturias apunta un leve ascenso en las denuncias interpuestas ante la Fiscalía por tales hechos, lo cual puede verse debido a la labor de varias asociaciones en defensa de los animales, del SEPRONA y de la Policía Local.
En cuanto a la vigilancia y control del cumplimiento de la pena, Zamora alude a una sentencia que condena al acusado a 8 meses de prisión y 2 de inhabilitación tras comprobarse que tenía un perro en su poder estando inhabilitado para ello.
Atendiendo a la casuística y, por su especial crueldad, recoge la Memoria de Ciudad Real el procedimiento abreviado tramitado en el Juzgado de Instrucción 2 de Daimiel en el que el acusado con extrema crueldad arrojó un producto químico abrasivo no determinado a la perra llamada Nela a la que tenía atada a una cadena ocasionándole lesiones tales, como quemaduras, perdida de la función de las papilas gustativas e infecciones. Con múltiples cuidados veterinarios se ha logrado que sobreviva.
En el ámbito de operaciones policiales de mayor calado, Huelva destaca la tramitación de causas en distintos Juzgados en relación con la operación “Ears” del SEPRONA por mutilar orejas y rabos en la provincia y Alicante refiere la presentación de escrito de acusación ante el Juzgado de Instrucción 3 de Torrevieja contra 24 acusados por organizar y participar en peleas de gallos
También Cantabria refiere la organización de peleas de gallos en la zona de Torrelavega y Cartes, por personas de etnia gitana. Los mismos, se dedican a la cría del gallo de la raza combatiente español (gallo inglés) para ulteriormente ser utilizados en peleas de gallos, donde se realizan apuestas al posible vencedor, resultando de las mismas, que a consecuencia de las lesiones sufridas, algunos de los ejemplares murieron. El art. 6.1º de la Ley 3/ 1992 de 18 de marzo de protección de los animales, vigente en Cantabria, prohíbe el uso de animales en espectáculos u otra actividades si ello puede ocasionarles sufrimientos o pueden ser objeto de burlas o tratamientos indignos.
En esa misma tónica, la Fiscalía de Málaga indica el número de diligencias incoadas en 2017 y destaca la Operación “Mallum”, que determinó la incoación de más de 30 Diligencias de Investigación por delito leve de Abandono Animal, remitidas a los Juzgados correspondientes, habiendo obtenido un elevado número de sentencias condenatorias.
Mención merecen las peleas de perros, que además de ser una forma de maltrato cruel y atroz, son un gran negocio para las organizaciones mafiosas. Así, la Fiscalía de Madrid indica las Diligencias Previas tramitadas en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Torrejón de Ardoz, en las que se investiga un grupo criminal por delitos de maltrato animal relativo a la organización a nivel nacional de peleas ilegales de perros peligrosos, causa en avanzado estado de tramitación.
Huesca, al hilo de lo expuesto en el párrafo anterior, refiere que en la provincia se han incrementado los procedimientos relativos a los delitos por las apuestas en las peleas de perros y los malos tratos provenientes de los ganaderos respecto de los animales de su propiedad o pertenecientes a otras personas que gestionan.
La Fiscalía de Valencia aporta una importante iniciativa en la fase de ejecución se sentencias por maltrato, en lo que se denomina: prevención especial positiva. Para ello, en algunas de las conformidades llevadas a cabo, cuando procedía, como es habitual, la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, las han condicionado en un doble sentido. En primer lugar, con la realización, ex art. 84.1.3ª CP, de trabajos en beneficio de la comunidad, particularmente, recogiendo en la propia sentencia, que dichos trabajos estén directamente relacionados con el bien jurídico protegido en estos delitos, “en servicio o institución relacionada con la protección y cuidado de los animales”. En segundo lugar, condicionando igualmente dicha suspensión, en base a lo previsto en el art. 83.1.7 del Código Penal, a “participar en programas formativos de protección animal”. (P.ej. S nº 416/17, de 19 de octubre, del Juzgado de lo Penal nº 1 de Valencia).
Esta misma Institución y por iniciativa del Ilmo. Sr. Fiscal D. Eduardo Olmedo de la Calle, que coordina con notable eficacia todos los delitos relativos al maltrato de animales y de protección de la Flora y la Fauna, se han iniciado contactos con varias Policías Locales, que cuentan con servicios específicos en la materia, siendo de muy interés su participación, pues los Ayuntamientos ostentan importantes competencias en la materia relativa a la protección animal, siendo de titularidad municipal la mayoría de "refugios" donde se depositan los animales objeto de maltrato, amén de su coordinación con la Guardia Civil y Policía Nacional para la persecución de los delitos que afectan a la materia.
Zaragoza considera conveniente poner de manifiesto que, en maltrato animal, si bien es positivo que la sociedad se haya concienciado sobre el hecho de que los animales son seres vivos que necesitan un trato adecuado, lo cierto es que en ocasiones se cae en el exceso de denunciar hechos que penalmente son intrascendentes y que solamente ofenden a la sensibilidad personal del denunciante, pero que, hasta que se depuran las responsabilidades crean, de forma innecesaria, tensiones y confrontaciones en ámbitos vecinales, a la par que se consumen recursos de atención por parte de los órganos judiciales, que serían mejor empleados en otros temas de mayor interés.
La Memoria de Navarra, entre las diligencias en trámite también destaca las incoadas del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Tudela, por atestado del Guarderío Forestal de la demarcación de Tudela, en el que constataban la presencia de numerosos perros en diversos corrales de ganado en la localidad de Cascante en condiciones tales que aparecían afectados por diversas dolencias y con peligro para su vida en al menos seis de ellos. En fecha 16 de junio de 2017, el Juzgado dictó Auto acordando la incautación de los seis perros. Con posterioridad la Brigada Medioambiental de la Policía Foral realizó una inspección de los perros que se encontraban en las corralizas y concluyó que, aunque las condiciones de alojamiento de los animales no son del todo las adecuadas, esto constituiría únicamente una infracción del Art. 2. d) de la Ley Foral 7/1994 de protección animal. En base a este informe el Juzgado acordó el sobreseimiento de las actuaciones por Auto de fecha 22 de agosto de 2017. Al conocerse en la Fiscalía un informe veterinario posterior sobre el estado de los seis perros incautados en el mes de junio, se solicitó la reapertura de las actuaciones con base en el mismo, lo que fue denegado por el Juzgado por Auto de fecha 5 de octubre de 2017. Recurrido en Apelación por la Fiscalía el citado Auto, la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Navarra en fecha 6 de febrero de 2018 ordenó la reapertura de las actuaciones y la práctica de las diligencias que interesaba el Ministerio Fiscal en su recurso.
La Fiscalía de La Rioja refiere que, en el medio rural, acaso por una mayor comprensión de las actitudes lesivas contra los animales, no se detectan episodios de esta naturaleza, ciertamente porque no se denuncian.
Murcia destaca que, en materia de maltrato animal, en fecha de 2-12-2016, se estableció una reunión de Coordinación en la sede de Fiscalía con distintos representantes de la Dirección general de Medioambiente, Colegio de Veterinarios, Facultad de Veterinarios de la UMU, Federación de Municipios y representantes de Guardia Civil y Policía Nacional, donde se puso de manifiesto el establecimiento de canales de comunicación y protocolos de actuación para la remisión y conocimiento de asuntos de maltrato animal a la vez que para conocer la problemática que, en esta materia, se puede plantear por parte de los distintos implicados, siendo de especial interés el problema de la existencia de instalaciones en las que depositar los animales intervenidos ya sea como medida cautelar o como sentencia. Fruto de dicha reunión es la creación de una Comisión de Coordinación en materia de maltrato animal que volvió a reunirse en fecha de 12 de julio de 2017
Han de destacarse las actuaciones de los Fiscales Delegados en los casos de ataques de animales peligrosos a otros que no lo fueran, como consecuencia de la falta de cuidado de sus dueños, para, así, poder proceder contra los mismos por la evidente ausencia del control y diligencia debidos, así como de los casos vulgarmente calificados como “suicidios caninos”, a fin de que el Ministerio Fiscal profundice en su investigación con el objeto de comprobar que no se estaba introduciendo algún nuevo “modus operandi” dentro del contexto de los actuales delitos de malos tratos a animales domésticos.
En este apartado y, concretamente, en relación con el Decreto del Fiscal de Sala de 8 de enero de 2015, la Fiscalía de Valencia indica que se han tramitado dos procedimientos por ataques de canes de las denominadas “Razas Peligrosas”.
La Memoria de Córdoba reporta una causa que se sigue en los Juzgados de Montilla en las que el investigado, al parecer, incitaba a su perro a fin de que atacase a otros animales, como de hecho se produjo.
La Fiscalía de Baleares en relación a los procedimientos relativos a malos tratos a animales domésticos, ocasionados por la acción de perros potencialmente peligrosos, en los que sus dueños no han guardado la diligencia debida, por lo que respecta al año 2017, en cuanto al partido judicial de Palma se refiere, una única acusación se ha presentado es de fecha 5 de octubre de 2017 y ante el Juzgado de Instrucción nº 8 de Palma, no habiéndose celebrado a día de hoy el juicio oral del procedimiento en cuestión. De igual forma, se tiene conocimiento de la existencia de otro procedimiento por similares hechos, los cuales se instruyen en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Palma, no habiéndose aún dado traslado al Ministerio Público para la presentación de escrito de acusación. Tanto en un supuesto como en otro, se tuvieron que interponer sendos recursos de reforma, en atención al Decreto de Fiscal de Sala de 8 de enero de 2015, y ello por cuanto tales procedimientos se habían iniciado como delito leve.
Lee el texto completo correspondiente a las secciones de Malos Tratos a Animales Domésticos en la Memoria 2017 de la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo, páginas 58 a 63.