cat legislacion ambientalLa Ley de Aguas establece que el ámbito territorial de cada Plan Hidrológico será coincidente con el de la demarcación hidrográfica correspondiente; en consecuencia, la Confederación Hidrográfica del Júcar, al ser el Organismo de cuenca de esta Demarcación Hidrográfica, ha elaborado este Plan Hidrológico, lo que supone la derogación del anterior Plan Hidrológico de cuenca del Júcar de 1998.

Estructura del Plan:

a) Una Memoria y doce anejos:

Masas de agua artificiales y muy modificadas (anejo 1)

Inventario de recursos hídricos naturales (anejo 2)

Usos y demandas de agua (anejo 3)

Registro de zonas protegidas (anejo 4)

Caudales ecológicos (anejo 5)

Sistemas de explotación y balances (anejo 6)

Inventario de presiones (anejo 7)

Objetivos medioambientales y exenciones (anejo 8)

Recuperación de costes (anejo 9)

Programa de medidas (anejo 10)

Participación pública (anejo 11)

Evaluación del estado de las masas de agua superficial y subterránea (anejo 12).

b) Una Normativa del Plan con diez apéndices:

Masas de agua superficial (apéndice 1)

Masas de agua subterránea (apéndice 2)

Condiciones de referencia en masas superficiales (apéndice 3)

Condiciones de referencia en masas subterráneas (apéndice 4)

Objetivos medioambientales (apéndice 5)

Caudales ecológicos (apéndice 6)

Dotaciones (apéndice 7)

Reservas naturales fluviales (apéndice 8)

Zonas de protección especial (apéndice 9)

Perímetros de protección (apéndice 10).

 

Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.

Fuente 

 

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