Este Real Decreto 639/2016 tiene por objeto el establecimiento del marco de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos, a fin de minimizar la dependencia de los transportes respecto del petróleo y mitigar el impacto medioambiental del transporte. De esta forma, se traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/94/UE, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.
Asimismo, este real decreto establece los requisitos mínimos para la creación de una infraestructura para los combustibles alternativos, incluyendo puntos de recarga para vehículos eléctricos y puntos de repostaje de gas natural y de hidrógeno. Los principales combustibles alternativos con potencial para sustituir al petróleo a largo plazo son: la electricidad, el hidrógeno, los biocarburantes, el gas natural y el gas licuado de petróleo, así como su eventual uso simultáneo y combinado. Piénsese que la Directiva 2009/28/CE fijó para el año 2020, el objetivo de una cuota de mercado del 10% para las energías renovables en el transporte.
Se ofrece a los usuarios de vehículos información clara y sencilla sobre los combustibles disponibles en las estaciones de repostaje y sobre la compatibilidad de su vehículo con los distintos combustibles o puntos de recarga existentes en el mercado. Además de proporcionar a los usuarios de vehículos datos de la situación geográfica de los puntos de repostaje y de recarga accesibles al público de los combustibles alternativos, se establecen las condiciones técnicas armonizadas para los puntos de suministro y recarga.
Fuente: Actualidad Jurídica Ambiental.