Con la entrada en vigor el 1 de junio del 2013 del Certificado de Eficiencia Energética de los Edificios, las Comunidades Autónomas debían disponer de un Registro oficial de estos certificados. Durante el mes de mayo numerosas Comunidades publicaron normativa y anuncios en este sentido.
El pasado sábado 13 de abril se publicó en el BOE el texto final del Real Decreto que regula la certificación de la eficiencia energética de los edificios. En este real decreto se desarrolla el procedimiento básico que debe cumplir la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética, considerando aquellos factores que más incidencia tienen en su consumo energético, así como las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los edificios.
La nueva regulación estatal establecida por el Real Decreto 235/2013 hace necesario adaptar la normativa autonómica, para permitir que, a partir del 1 de junio de 2013 puedan inscribirse certificados de eficiencia energética tanto de edificios de nueva construcción como existentes.
Las últimas novedades respecto a los registros son las siguientes:
1. Aragón: Todavía no ha creado su registro por imposibilidad de tiempo, pero anuncia que la normativa estatal debe cumplirse igualmente.
3. Castilla León: Permiten inscribir los certificados existentes en el registro de certificados de edificios nuevos mientas que se regula el nuevo registro.