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El pasado 22 de mayo fue publicado por el Parlamento Europeo y el Consejo el Reglamento 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. La finalidad de tal Reglamento es mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante la armonización de las normas sobre la comercialización y el uso de los biocidas, garantizando al mismo tiempo un nivel de protección elevado de la salud humana y animal y del medio ambiente.

Las disposiciones del presente Reglamento se basan en el principio de cautela, cuyo objetivo es proteger la salud humana y animal y el medio ambiente. Se deberá prestar particular atención a la protección de los grupos vulnerables.

El presente Reglamento establece normas sobre:

  1. la elaboración a nivel de la Unión de una lista de sustancias activas que pueden utilizarse en los biocidas;
  2. la autorización de biocidas;
  3. el reconocimiento mutuo de autorizaciones en el interior de la Unión;
  4. la comercialización y uso de biocidas en uno o varios Estados miembros o en la Unión;
  5. la introducción en el mercado de artículos tratados.

Reglamento 528/2012, de 22/05/2012, Relativo a la comercialización y el uso de los biocidas

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