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El anteproyecto de la Ley de Parques Nacionales, establece como objetivo la conservación de sus valores naturales y culturales, condicionando a este fin principal el resto de actividades, como su uso y disfrute, la investigación o el desarrollo socioeconómico del entorno. Tal y como establece el nuevo texto, las actividades en los Parques Nacionales se clasificarán como compatibles con su conservación; necesarias para la gestión o incompatibles. Las primeras podrán seguir practicándose, las segundas serán protegidas por la administración y las terceras deberán ser eliminadas o no iniciadas.

Por otra parte, el texto, autoriza a los dueños de terrenos situados en el interior de los Parques a desarrollar actividades económicas o comerciales, en especial las vinculadas con el uso público o el turismo rural. Así, navegar por canales, practicar vuelo sin motor o construir casas rurales se pueden convertir en algunas de las propuestas de usos turísticos que recoge el borrador.

Entre las actividades que se clasifican como incompatibles, se encuentran la caza, la pesca deportiva, recreativa y comercial; la tala con fines comerciales o la edificación, sin embargo, el texto contempla que se puedan realizar acciones de control de poblaciones, de ordenamiento de las masas forestales, de erradicación de especies exóticas y de restauración de hábitats. Igualmente, el borrador permite la navegación en el interior de los Parques con fines turísticos o recreativos. Asimismo, quedarán prohibidos los aprovechamientos hidráulicos o hidroeléctricos, las vías de comunicación y las redes energéticas, salvo en circunstancias excepcionales por razones de protección ambiental o interés social, y siempre que no exista otra solución satisfactoria.

Respecto al suelo, el proyecto de Ley establece que no puede existir suelo urbanizado ni susceptible de transformación urbanística, y que, estará ocupado, por formaciones naturales, sin aprovechamientos de carácter agrícola, forestal o hidráulico ni elementos artificiales que alteren la estética del paisaje o el funcionamiento de los ecosistemas, el texto añade que un Parque Nacional no podrá contener actividades extractivas o explotaciones de áridos, arenas o minerales ni instalaciones dedicadas al uso deportivo o industrial.

En definitiva, las actividades turísticas estarán permitidas, siempre que la actividad contribuya de forma notable al desarrollo socioeconómico del entorno y sea completamente compatible con la conservación de sistemas naturales; desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente defienden que estas actividades únicamente buscan hacer más accesibles los espacios protegidos a una mayor parte de la población.

Diversas agrupaciones ecologistas se muestran escépticas y advierten que la mayor apertura de los Parques Nacionales podría ser destructiva para sus ecosistemas y especialmente para su fauna; hay ya quienes advierten que estos espacios corren el riesgo de acabar siendo parques temáticos y las actividades de ocio podrían perturbar a las especies protegidas que los habitan. Los ecologistas mantienen que la futura Ley de Parques Nacionales, debe orientar su marco legislativo hacia la óptima preservación y conservación, y afirman que las iniciativas del borrador darían cabida a la empresa privada en espacios hasta ahora prácticamente vetados, con el riesgo de anteponer el beneficio a la conservación del entorno.

Diferentes comunidades autónomas han manifestado su rechazo al anteproyecto de la Ley de Parques Nacionales; precisamente, Andalucía califica al borrador de regresivo en materia ambiental y que puede provocar menos protección en los espacios protegidos, así, como abrir la puerta a actividades lucrativas a los propietarios que actualmente están prohibidas en los Parques Nacionales. Mientras, el ejecutivo canario considera que puede dar lugar a un desarrollo económico incompatible con la protección de la naturaleza. De hecho, anunció que en caso de que siga adelante el borrador y se permitan nuevos usos en estos territorios, el gobierno regional impondrá medidas más restrictivas para el cuidado del entorno.

¿Si finalmente el texto se lleva a la práctica, lo recaudado por el uso turístico se revertiría en el mantenimiento y conservación de estos espacios?

 

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