cat noticiasEl Juzgado de lo contencioso-administrativo número 7 de Valencia ha condenado a la Generalitat por considerar que constituye un abuso de la ley nombrar a personal eventual como directores-conservadores de los parques naturales y considera nulos los nombramientos en ese sentido.

Iniciativa-PV ha informado en un comunicado de la resolución judicial que estima parcialmente el recurso promovido por el Sindicat de Treballadores i Treballadors de L'Administració i Serveis Públics-Intersindical Valenciana (STAS-IV) contra la resolución de fecha 8 de septiembre de 2009 del conseller de Medio Ambiente por la que nombra personal eventual, según la sentencia.

El responsable de medio ambiente de Iniciativa Alfonso Puncel, ha considerado que la sentencia "recupera el carácter especializado y técnico de la dirección y gestión de los parques naturales sin intervención de criterios partidistas con personas de confianza de los altos cargos cuya preparación, en muchos casos, era dudosa".

A su juicio, la dirección y gestión de los espacios naturales debe realizarse no sólo con la colaboración de especialistas y de las entidades medioambientales implicadas o de las instituciones científicas, sino que el propio director-conservador debe conocer bien las características y la complejidad de los ecosistemas de los espacios naturales que quiere proteger.

En este sentido, la sentencia establece que las funciones del personal eventual están claramente establecidas en el estatuto básico del empleado público y en la ley valencia de desarrollo de la norma estatal.

Según Puncel, "nadie entiende que la gestión y conservación de un espacio natural tenga nada que ver con el asesoramiento especial o la confianza de los altos cargos, ni por su duración ni por sus tareas".

"Las características de sus funciones y el espacio que protegen deberían garantizar aún más su independencia de cualquier órgano de la administración", ha agregado.

El dirigente de Iniciativa ha argumentado que "estos espacios naturales son muy apetecibles para determinadas actividades que son contradictorias con su conservación y sólo la independencia funcional de los órganos gestores y particularmente de su director, además de por sus conocimientos, puede garantizar que esas presiones no acaben con el propio espacio que se quiere proteger".

"Desde nuestro punto de vista los directores-conservadores deberían salir de entre los propios funcionarios, sean estos empleados públicos con experiencia en la gestión de espacios singulares de la propia conselleria o de entre empleados públicos docentes", ha defendido.

Incluso ha apuntado que se puede incluso recurrir "a profesores universitarios en activo o eméritos de carreras y especialidades afines a las tareas de dirección y conservación de espacios naturales".

Según el comunicado, la práctica de nombrar directores-conservadores de los parques naturales como cargos de confianza se aplica desde 1994 -en periodo socialista- pero ya entonces las organizaciones medioambientales "la criticaron por ir en contra del propio objetivo de proteger los parques".

El fallo de la sentencia establece que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de quince días.

Fuente: laverdad.es

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