Ecologistas en Acción presenta su informe 'Saneamiento y depuración en el litoral del Estado español. Análisis del año 2019 ' , donde analiza 288 Estaciones de Depuración de Aguas Residuales (EDAR) del litoral y del Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) de todo el Estado español.
Una EDAR es una Estación Depuradora de Aguas Residuales donde se recogen y tratan las aguas residuales e industriales asimilables a urbanas, en las cuales se realizan una serie de tratamientos físicos, químicos y biológicos para depurar el agua. Desde aquí, el agua se devuelve al medio receptor cumpliendo los límites establecidos en la autorización de vertidos y los objetivos de calidad fijados en la normativa vigente.
Ecologistas en Acción presenta por primera vez un informe en el que se analizan los parámetros de contaminación de las Aguas Residuales Urbanas (ARU) de las EDAR del litoral y Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) de todo el Estado español.
En este primer informe se analizan los datos de 2019 correspondientes a 288 EDAR, de un total de 394 EDAR de más de 2.000 habitantes equivalentes (hab-eq) registradas en el litoral y en el DPMT. La organización ecologista solicitó la información para este informe a lo largo del año 2020 a las diferentes comunidades autónomas, y obtuvo respuesta para 247 de ellas.
En este documento se analizan los valores de los parámetros de contaminación establecidos en el Artículo 5 del RD 509/1996: sólidos en suspensión (SS), demanda bioquímica de oxígeno a cinco días (DBO5) y demanda química de oxígeno (DQO), para las aglomeraciones urbanas superiores a 2.000 hab-eq.
Además, en base al Artículo 6 de dicho RD, también se han analizado los valores de fósforo y nitrógeno de las EDAR de zonas sensibles, pero solamente de la comunidad autónoma de Andalucía, pues del resto no se ha obtenido la información suficiente.
Ecologistas en Acción destaca que también se deben tener en cuenta las autorizaciones de vertidos, las cuales tienen como objeto la consecución de los objetivos medioambientales establecidos (OMA). Son en estas autorizaciones donde se concreta la forma de medición y las concentraciones o porcentajes mínimos de reducción de la contaminación en el efluente. Dado que esta información solamente ha sido posible obtenerla en Andalucía, para las otras comunidades autónomas los valores de los análisis son los descritos en el RD 509/1996.
De las 288 EDAR analizadas, la mitad de ellas (144) no han presentado ningún tipo de insuficiencia ni incumplimiento, ni en los parámetros analizados ni en los datos facilitados. De las otras 144 EDAR, los resultados han sido los siguientes:
La mayoría de las EDAR del litoral analizadas en este informe vierten las aguas al medio natural cumpliendo la normativa.
Se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:
Clara Megías, coordinadora del informe y portavoz de Ecologistas en Acción: “ Este primer informe es una llamada de atención a las administraciones por una doble vía, la exigencia del cumplimiento adecuado de aquellas EDAR que muestra incumplimiento, y la solicitud de transparencia que permite una la ciudadanía tener acceso a dicha información de una forma clara y sencilla ”.
Contacto de prensa: Clara Megías 622 07 57 56