monografasEl mercado de aguas se trata de un instrumento a través de la cual se compra y vende el uso de agua otorgada a través de concesión y aparece en los años noventa como herramienta efectiva para la reasignación de recursos hídricos, pues ante la imposibilidad de asignar nuevos derechos de uso de agua, la reasignación de los mismos deviene necesaria. Nos hallamos ante un mercado muy regulado en nuestro país y que según ha manifestado el Gobierno de Mariano Rajoy, su voluntad consiste en flexibilizarlo o liberalizarlo. ¿Qué consecuencias acarrearía dicha liberalización?.

La creciente necesidad de agua ha venido marcada por el crecimiento de la población y de la actividad económica. A ello ahora se le suma el desafío que comporta el aumento de períodos de sequía provocados por el cambio climático.

La experiencia paradigmática de mercado liberalizado se encuentra en Chile, donde se aprobó el establecimiento de un mercado totalmente libre para una mejora del rendimiento de los recursos hídricos y así conseguir un mayor volumen de agua disponible. Ahora bien, se ha observado una serie de disfuncionalidades como que un pequeño grupo de empresas haya acaparado el agua con fines especulativos (sin usarla ni venderla) o que el aumento del precio del agua en el período 1986-2000 haya ido desde un 41% a un 240%. Son estas distorsiones las que debemos procurar evitar, y ello se consigue regulando, no desregulando.

El otro ejemplo paradigmático es el de Estados Unidos, donde se parte del reconocimiento de la propiedad sobre el agua, pero su uso se halla muy controlado por el poder público y regulado a través de principios recogidos por el common law y las Constituciones de los Estados, habiendo sido desarrollados también por los tribunales norteamericanos. Por tanto, aunque su sistema se base en la propiedad privada, el uso del agua queda condicionado al interés público y a una serie de criterios que van dirigidos a limitar la libertad de los propietarios para evitar enriquecimientos especulativos, prevención de monopolios y asegurar el uso efectivo y beneficioso del aprovechamiento del agua.

Además, del Derecho norteamericano hemos importado la institución de los Bancos de Aguas. Ahora bien, su implantación ha generado algunos problemas, sobre todo relacionados con la falta de participación ciudadana, la opacidad en la gestión y por la ausencia de revisiones y control sobre el uso efectivo del agua otorgada a través de concesión. Apuntamos de esta manera una realidad: importar instituciones que han demostrado un buen funcionamiento desde sistemas con una cultura jurídica y social totalmente diferente a la nuestra es un elemento a valorar, ya que los resultados finales probablemente no sean los esperados.

Por tanto, examinados los sistemas anteriores, sus consecuencias, y analizando nuestro sistema, podemos proponer varias mejoras con la finalidad de hacerlo más eficiente y útil para los fines que fue creado (como la inclusión en el mercado de las concesiones a precario, la prohibición de la cesión total del aprovechamiento o el replanteamiento del silencio administrativo positivo), pero siempre a través de una visión de conjunto y analizando otras posibles soluciones, pues liberalizar un mercado puede llevarnos a situaciones parecidas a la chilena, realidad nada deseable, especialmente cuando para nuestro sistema el agua es un recurso escaso, cuya gestión debe considerar el interés público, por lo que deberá evitarse el enriquecimiento privado si éste no es útil a aquél.

Por último, se ha demostrado que el mercado de aguas es un instrumento que debe solucionar problemas de escasez hídrica a corto plazo, siendo nada recomendable para casos de escasez más prolongada provocados por el cambio climático o por dificultades estructurales como el aumento poblacional o desarrollo económico. Esto es así debido a que la cesión de aguas de unos usos a otros y especialmente de unas regiones a otras tiene unas consecuencias tanto ambientales como sociales muy negativas para el cedente y muy positivas para el receptor del agua, dándose un efecto multiplicador que profundiza en la dicotomía zonas ricas/zonas pobres y que puede ser sostenible a corto plazo, pero insostenible y perjudicial para el interés público a largo plazo. Por ejemplo, en Estados Unidos las zonas cedentes vieron bajar su porcentaje de empleo, mientras que en las zonas de recepción vieron multiplicado el suyo.

Por tanto, mostrada la importancia ambiental, social y económica que tiene el recurso hídrico y teniendo disponibles varias alternativas (como el fomento del uso de aguas regeneradas o usar puntualmente desalinizadoras), si bien la regulación es mejorable, una mayor liberalización sólo generaría un mercado vendido a intereses privados y del cual no se obtendrá un beneficio colectivo, sufriendo el interés público consecuencias negativas de una magnitud imprevisible.

 

Descárgate completo el documento Mercado de Aguas en España. Los albores de una nueva liberalización.

 

Autor: Sergio Agueitos Soriano

 

 
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