Esta sentencia deviene del incumplimiento por parte de la República Italiana de la sentencia Comisión/Italia dictada el 26 de abril de 2007, por la que el Tribunal de Justicia estimó el recurso por incumplimiento generalizado y persistente de las obligaciones que le incumbían de la Directiva 75/442 (residuos); Directiva 91/689 (residuos peligrosos) y Directiva 1999/31 (vertederos), al no haber adoptado todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a varias de sus disposiciones.
La sentencia de la Gran Sala constata sin lugar a duda alguna el reiterado y grave incumplimiento de las Directivas de residuos por parte de la República Italiana incluso con posterioridad a la Sentencia de 26 de abril de 2007 del TJUE que declaró su incumplimiento. Nada menos que tres años tuvo de paciencia la Comisión (65 meses entre el 26 de abril de 2007, fecha en que se dictó la sentencia Comisión/Italia y el 24 de octubre de 2012, fecha de la decisión de la Comisión de interponer el presente recurso ante el Tribunal de Justicia), para recurrir ante la Gran Sala del TJUE y forzar esta grave sentencia que además de constatar la inejecución grave de la sentencia a interior establece la imposición de importantes multas coercitivas a la República Italiana con el fin de lograr la ejecución forzosa de tales obligaciones.
Por Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra.