Multa de 240.401 euros por no disponer de la Declaración de Impacto Ambiental
Es infracción muy grave el inicio de la ejecución de un proyecto o la modificación sustancial del mismo, incluidos los sujetos a declaración responsable o comunicación previa, sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria sin haber obtenido previamente la correspondiente declaración de impacto ambiental. Así está escrito en la la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Pues una empresa se lo saltó, y la administración autonómica impuso multa de 240.401 euros y además la obligación de restituir los valores ambientales de la finca conforme se determine en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en trámite. Y esa cifra es la más baja de las posibles.