Ana Barreira (IIDMA): “Hay casos que son estratégicos porque generan concienciación, pero la vía judicial no debe ser la única respuesta jurídica para hacer frente a la crisis climática”
Las medidas adoptadas por Suiza para hacer frente al cambio climático no son suficientes y contravienen los artículos 6 (por unanimidad) y 8 (por 16 votos a favor y uno en contra) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Así lo dictamina la sentencia del TEDH hecha pública este martes. Por otro lado, el caso francés ‘Careme vs. Francia’ se ha considerado inadmisible porque el demandante ya no vive en la zona; mientras que en el mediático caso de los jóvenes portugueses ‘Duarte Agostinho y otros vs. Portugal y otros 32 Estados’ el Tribunal destaca que los demandados no podían acudir directamente a Estrasburgo sin haber agotado la vía de recursos nacionales.