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Las fronteras entre el derecho penal y el derecho administrativo se han vuelto permeables, dando lugar a la punición de conductas que no alcanzan el mínimo de gravedad exigible para legitimar su persecución penal. Este fenómeno de administrativización del Derecho penal se manifiesta claramente en los delitos de acumulación y en las incursiones del principio de precaución en materia penal. En la lucha contra el cambio climático el Derecho penal tiene un papel residual. La protección del medio ambiente debe lograrse mediante una delimitación entre ilícito penal e ilícito administrativo que respete las competencias y funciones del Derecho administrativo y sin infringir principios básicos del Derecho penal como subsidiariedad, ofensividad, culpabilidad y proporcionalidad.

 

Apuntes sobre la administrativización del derecho penal del medio ambiente”, por María Soledad Arroyo Alfonso, Profesora Colaboradora de Derecho Penal de la Universidad de Huelva para Actualidad Jurídica Ambiental.

 

 
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