El presente texto analiza algunas de las disposiciones de la Ley 10/2021, de administración ambiental de Euskadi.

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Esta Ley sustituye a la Ley 3/1998, la cual necesitaba una reforma debido al tiempo en que se adoptó y los cambios producidos en el ordenamiento jurídico ambiental.

La Ley 10/2021 regula diversos instrumentos de ordenación e intervención sobre las actividades con repercusiones sobre el medio ambiente y se ve influenciada por la normativa europea y estatal básica. Esta última ha tenido un desarrollo muy detallado en los últimos años, lo que ha ceñido la capacidad legislativa de las Comunidades Autónomas.

Este comentario sobre la Ley 10/2021 aporta datos sobre los principios, derechos y deberes así como las competencias. Además, ofrece información acerca de ordenación de las actividades con incidencia en el medio ambiente, tratando en detalle temas como las previsiones de integración de los mecanismos de ordenación, el cese y modificación de las actividades y la capacidad técnica suficiente.

Por otro lado, comenta las disposiciones comunes a la autorización ambiental integrada y autorización ambiental única (disposiciones comunes e incidencia de la AAI y AAU en la LAC), licencia de actividad y comunicación previa, evaluación de impacto ambiental (competencias y normas comunes en materia de EIA) e inspección y control.

Finalmente, el texto incluye la restauración y responsabilidad (legalización por carecer de título habilitante o de comunicación y suspensión de actividades en fase de construcción o explotación) y la potestad sancionadora.

 

Fuente: Actualidad Jurídica Ambiental