Esta norma establece los objetivos mínimos de reducción de emisiones, eficiencia energética y energías renovables para 2030.

Estos objetivos son:

  • Reducir al menos un 23% las emisiones de gases de efecto invernadero
  • Mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en al menos un 39,5%.
  • Alcanzar una penetración de energías de origen renovable un mínimo del 42% en el consumo final
  • Lograr un sistema eléctrico con un 74% de generación a partir de energías de origen renovable.

Además, España deberá alcanzar la neutralidad climática y un sistema eléctrico basado exclusivamente en fuentes de origen renovable antes de 2050.

Estos objetivos, en 2023, deberán ser revisados y modificados al alza con objeto de adaptarlos a la evolución de los avances de la tecnología y del conocimiento científico, siguiendo el objetivo final de cumplir con el Acuerdo de París y la normativa de la Unión Europea.

Para el cumplimiento de estos objetivos, España cuenta con dos herramientas fundamentales: El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo.

Algunas claves de la nueva ley de Cambio Climático

La futura Ley de Cambio Climático y Transición Energética fomentará la renovación y rehabilitación de los edificios existentes, públicos y privados, para alcanzar la alta eficiencia energética y la descarbonización a 2050. Para ello, además de los planes ya existentes, se elaborará en los 6 meses a partir de su entrada en vigor, un Plan de Rehabilitación de Viviendas y Renovación urbana.

Además, las Administraciones Públicas deberán establecer incentivos para impulsar las energías renovables, especialmente el autoconsumo, así como la climatización cero emisiones. Sin embargo, el desarrollo de las energías renovables deberá tener el cuenta la conservación del patrimonio natural y la adecuada ordenación territorial.

Para avanzar en una economía descarbonizada y segura, se prohiben nuevos proyectos de exploración, así como los permisos de investigación y concesiones de explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional. Ni tampoco se otorgarán nuevos permisos de extracción de recursos por sus propiedades radiactivas, fisionables o fértiles, como el uranio.

Respecto a la adaptación frente a los efectos del Cambio Climático, la ley española es la primera en contemplar la necesidad de activar políticas de este tipo. El Gobierno deberá aprobar un plan nacional cada cinco años.

Esta ley también hace referencia al papel de las grandes empresas, aseguradoras y entidades financieras. Éstas deberán dar cuenta de sus objetivos especificos para la descarbonización de sus actividades e informar, mediante informes anuales, sobre los riesgos para su actividad derivados de la transición hacia una economía sostenible y las medidas que se adopten para hacer frente a dichos riesgos.

Para el funcionamiento de la misma, el ejecutivo deberá poner en marcha un Comité de personas expertas en cambio climático, que evaluará y hará recomendaciones sobre las políticas que permitirán avanzar hacia la transición ecológica. Por otro lado, se creará una asamblea ciudadana por el clima para fomentar la implicación de la sociedad frente al calentamiento global.

 

Fuente: A3e