Se podrán beneficiar de dichas subvenciones sociedades mercantiles que desarrollan la actividad de gestores de recarga del sistema conforme a lo establecido en el Real Decreto 647/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la actividad de gestores de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética y disponen de plazo, y serán subvencionables las actuaciones iniciadas a partir del 1 de junio de 2014 y realizadas dentro de los plazos fijados en la resolución de concesión, que no podrá ser posterior al 1 de mayo de 2015.
El plazo para presentar las solicitudes es de tres meses desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .