Consulta pública previa sobre el proyecto de Orden Ministerial por el que se establecen los criterios para determinar cuándo determinados materiales se consideran subproducto.

El artículo 4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece en el apartado 4.1 las condiciones que debe cumplir una sustancia u objeto resultante de un proceso de producción para que pueda ser considerada como subproducto y no como residuo. A su vez en el artículo 4.3 se señala que la evaluación y aprobación, si procede, será llevada a cabo bien por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, bien por las autoridades competentes de las comunidades autónomas mediante autorización. Teniendo en cuenta lo recogido en la Disposición transitoria primera punto 2 y en la Disposición final cuarta punto 2.a, la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico declarará dichas sustancias u objetos como subproductos mediante orden ministerial.

El plazo para remitir sugerencias comienza el 30 de marzo de 2023 y finaliza el 3 de mayo de 2023, ambos inclusive.

La Comisión de coordinación en materia de residuos ha evaluado favorablemente la consideración de la declaración de subproducto de varios materiales, con un origen y un destino concretos, proponiendo al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico la aprobación de la correspondiente orden ministerial.

Se ha de valorar bajo qué criterios se determina que los residuos citados en la consulta, con origen y destino concreto, se consideran subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril.

Para una mayor información, se proporcionan los documentos de análisis de su consideración como subproducto para cada material, así como el informe elaborado por la Comisión de coordinación en materia de residuos.

Se solicita que envíen, si lo estima oportuno, sus sugerencias al siguiente buzón de correo electrónico: 

 

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