legislacion

En España la normativa que debe ser modificada es el REAL DECRETO 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, ya que con la publicación de SEVESO III (DIRECTIVA 2012/18/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 4 de julio de 2012, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por la que se modifica y ulteriormente deroga la Directiva 96/82/CE.) se va a producir un cambio relevante en aquellos establecimientos que dispongan de almacenamientos importantes de fuelóleos.

La actual Directiva de SEVESO II (Directiva 96/82/CE) ha sido modificada por la Directiva 2012/18/UE en el apartado referente a "Productos derivados del petróleo" de la parte 1 del anexo I, incluyendo "d) fuelóleos pesados".

Esta modificación deberá ser incorporada en la normativa estatal antes del 14 de febrero de 2014 y será aplicable a partir del 15 de febrero de 2014.

 

 

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