legislacion

La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley 26/2007, de Responsabilidad Medioambiental, entre las que cabe destarcar las siguientes:

  • Se modifican algunas disposiciones del capítulo IV, sobre garantías financieras, como la redacción del artículo 24.1 con el objeto de precisar el carácter voluntario de la garantía financiera para aquellos operadores que no quedan obligados a su constitución.
  • Se modifica el artículo 24.3, siendo el operador obligado a constituir una garantía financiera, quien determina su cuantía a partir de la realización del análisis de riesgos medioambientales de su actividad, y quien comunica a la autoridad competente la constitución de la garantía.
  • Nueva redacción del artículo 24.3, se indica que la cuantía de la garantía financiera se determinará a partir de la realización del análisis de riesgos medioambientales de la actividad.
  • Se modifica el artículo 27 para ampliar los sujetos garantizados por la garantía financiera.
  • Se introduce un nuevo apartado d) al artículo 28 sobre exenciones a la constitución de garantía financiera obligatoria, que establece que los operadores de las actividades que se establezcan reglamentariamente, quedarán exentos de constituir garantía financiera obligatoria.
  • Se modifica el artículo 30 para otorgar una homogeneidad en el contenido mínimo de las pólizas de seguros y artículo 31.1 referido a la vigencia de la garantía financiera obligatoria.

Además, se introducen modificaciones en las siguientes disposiciones:

  • Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera, se incorpora un nuevo párrafo al apartado 1 de la disposición derogatoria única.
  • Ley 10/2001, del Plan Hidrológico Nacional, se amplía el anexo III, nuevas actuaciones de interés general.

 

Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. (B.O.E. 162 del 4/07/2014)

 

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