Este Real Decreto pretende adaptar el ordenamiento jurídico español en materia de evaluación y gestión de la calidad del aire a la Directiva 2008/50/CE, desarrollar reglamentariamente la Ley 34/2007 en los temas relativos a calidad del aire y simplificar la normativa nacional en dicha materia.
Como principales novedades de la norma cabe destacar:
La introducción de requisitos para un nuevo contaminante, las partículas de tamaño inferior a 2,5 µm (PM2,5).
La necesidad de realizar mediciones de las concentraciones de amoniaco en localizaciones de tráfico y fondo rural.
La definición de los puntos en los que deben tomarse las medidas de las sustancias precursoras del ozono y su técnica de captación.
Debe tenerse en cuenta que a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto quedan derogadas las siguientes disposiciones:
Diversos Títulos y apartados del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico.
El Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono.
El Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre, relativo al ozono en el aire ambiente. Y
El Real Decreto 812/2007, de 22 de junio, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos.