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El presente Real Decreto 710/2015 tiene por objeto modificar el RD 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos para:

  • Transponer la nueva Directiva 2013/56/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores.
  • Introducir algunas mejoras y actualizaciones en la regulación del Real Decreto 106/2008, que la experiencia ha aconsejado necesarias, entre las que cabe subrayar las relativas a la información que han de aportar a las Administraciones Públicas tanto los productores de pilas y acumuladores como las instalaciones de tratamiento y reciclado, y la aplicación del cálculo del nivel de eficiencia de reciclado de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 493/2012 de la Comisión, de 11 de junio de 2012, por el que se establecen, normas detalladas para el cálculo de los niveles de eficiencia de los procesos de reciclado de los residuos de pilas y acumuladores.
  • Adaptación del Real Decreto 106/2008, al régimen previsto sobre responsabilidad ampliada del productor en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en aplicación de la habilitación de la disposición final tercera de la misma Ley. Entre las modificaciones que se incluyen cabe destacar el establecimiento de nuevos objetivos de recogida de estos residuos.

 

Real Decreto 710/2015, de 24 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos (B.O.E. 177 del 25/07/2015).

 

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