Resolución de 28 de abril de 2022, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se convocan exámenes, se publica el Tribunal y se señala fecha y hora para la realización de los exámenes para la obtención y renovación de los certificados de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril o por vía navegable, ha impuesto a las empresas que transporten mercancías peligrosas por estos medios o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos, un consejero de seguridad, que deberá haber superado los exámenes regulados por la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
Según dispone el artículo 5 de la citada orden ministerial, el certificado tendrá una validez de cinco años y se renovará por períodos de cinco años si, durante el último año anterior a la expiración del certificado, su titular supera una prueba de control.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, la Dirección General de Ferrocarriles podrá convocar y realizar directamente las pruebas de consejeros de seguridad. La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria ha asumido las funciones de la Dirección General de Ferrocarriles en materia de seguridad ferroviaria de acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.
La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria ha resuelto convocar exámenes, globales y por especialidades, para la obtención y para la renovación del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, con arreglo a las siguientes bases: ámbito de la convocatoria, exámenes para la obtención del certificado, prueba para la renovación del certificado, requisitos de los aspirantes, solicitudes, admisión de aspirantes; lugar, condiciones, fecha y hora de realización de los exámenes; tribunal calificador, materias relacionadas con el contenido de los exámenes, utilización de material y medios durante el examen, listas de aptos e información sobre protección de datos.
Fuente: BOE nº 122, de 23/05/2022. 5.5.5.1.1 {Consejero de Seguridad - Convocatorias Exámenes y Pruebas}