Considerando que el cambio climático no es neutro desde el punto de vista del género y tiene efectos distintos para hombres y mujeres; que los patrones de consumo y estilo de vida tienen un impacto significativo en el cambio climático y que las mujeres representan aproximadamente el 50% de la población mundial y que siguen asumiendo más responsabilidades en lo que respecta a las decisiones cotidianas de consumo, al cuidado de los hijos y a las tareas del hogar; que los patrones de consumo de hombres y mujeres son distintos, ya que las mujeres tienen un consumo más sostenible que los hombres y muestran una mayor predisposición para preservar el medio ambiente, para lo que adoptan decisiones de consumo sostenibles.
Por todo ello reconoce que el cambio climático exacerba la discriminación de género, lo cual se añade a sus otros efectos catastróficos, y resalta que evitar el peligroso cambio climático debe ser la prioridad esencial de la UE en sus políticas tanto interiores como exteriores.
Así mismo pide a la Comisión y al Consejo que, para garantizar que las medidas relacionadas con el clima no incrementen las desigualdades de género sino que se traduzcan en ventajas colaterales para la situación de las mujeres, tengan en cuenta e integren la dimensión de género en cada fase de las políticas climáticas, desde su concepción hasta su financiación, aplicación y evaluación.