De acuerdo a que los últimos censos regionales detectan la presencia de 179 manadas de lobo, confirmando un incremento poblacional, más notable en la fracción al sur del río Duero, se considera que el estado de conservación de la especie en la región es favorable, y que está favoreciendo la expansión y colonización de comunidades autónomas limítrofes.
A la vez que se constata la favorable evolución del estado de conservación de la especie, es innegable que la interacción con la ganadería extensiva continúa generando los históricos conflictos que acompañan a la especie en toda su área de distribución. Por otro lado las actividades eco-turísticas de observación de esta especie, tan emblemática y escasa en gran parte del territorio europeo, están experimentando un notable auge que abre un interesante campo de generación de empleo que sin duda puede inducir efectos beneficiosos sobre la consideración social de la especie en el medio rural, y por tanto, sobre el interés en su conservación.
Como resultado de las consideraciones anteriores, se concluye la conveniencia de proceder a la modificación del Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León, donde se clarifica que el aprovechamiento cinegético, tal y como ya se viene realizando, se producirá únicamente sobre la fracción de la población situada al norte del río Duero, que tiene la consideración de especie cinegética.
Por otro lado, se aclara el régimen de compensación de daños a la ganadería, y se definen los métodos de control poblacional que pueden ser utilizados, dejando claro que al sur del río Duero se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Decreto 14/2016, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León (B.O.C.Y.L. 97 del 23/05/2016).