Tanto el concepto de residuo, como los de subproducto y de materia prima secundaria (fin de la condición de residuo), como realidades físicas y jurídicas diferentes, vienen siendo manejados desde hace años por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. No obstante, y en lo que concierne tanto al término de subproducto como al de materia prima secundaria, no han sido codificados hasta fechas relativamente cercanas, con la aprobación de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de noviembre de 2008 sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas. El problema se plantea cuando la precisión terminológica, dista mucho de haberse logrado en estos conceptos claves.
En este contexto, este trabajo trata de analizar tanto la normativa como la jurisprudencia de la Unión Europea, la cual ha ido conformando cada uno de los caracteres genéricos y diferenciales que caracterizan a una determinada sustancia u objeto bien como residuo, bien como subproducto, bien como materia prima secundaria, así como la posible relación entre la normativa sectorial de los residuos y la de las sustancias peligrosas, a la luz de la STJUE de 7 de marzo de 2013.