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Un nuevo estudio analiza los tres instrumentos regulatorios más relevantes de Europa en materia de transparencia. A la espera de las Directivas contra la elusión fiscal y para la implicación de los accionistas, la Directiva 2014/95/UE, de divulgación no financiera y diversidad ya está se está trasponiendo. La normativa internacional intenta evitar políticas poco éticas que, según los expertos, tuvieron importantes implicaciones en la crisis financiera.

España ha dado algún paso para mejorar el gobierno corporativo, en línea con la normativa europea: a finales de 2014 se modificó la Ley de Sociedades de Capital y en 2015 vio la luz el nuevo Código de Buen Gobierno. El objetivo era mejorar el funcionamiento de los órganos de administración de las empresas para generar confianza entre los inversores. En paralelo, Europa tambiéndesarrolla actuaciones para fomentar la transparencia, que afectarán, tras su trasposición, a las empresas españolas. Ahora, un estudio de Forética y Bankia analiza estos tres instrumentos regulatorios de Europa en materia de transparencia.

Trasposición de la Directiva de divulgación no financiera y diversidad

Esta Directiva 2014/95/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, se encuentra en proceso de trasposición en España, y las empresas deberán aplicarla en los informes que publiquen en 2018 sobre su actividad de 2017. Se trata de una iniciativa pionera, pues supone la primera iniciativa internacional que crea un marco jurídico para el reporte extrafinanciero.

Las compañías deberán informar en las memorias anuales de sus impactos sociales, ambientales y de buen gobierno, poniendo el foco en aspectos como la igualdad, la diversidad, la prevención de la corrupción o su actuación en materia de derechos humanos. Esta exigencia se articula a través del principio de cumplir o explicar, pero abre la vía a que los Estados miembros incrementen el grado de exigencia en aspectos como la auditoría de la información no financiera o en la inclusión de temas más allá de los establecidos en el documento.

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La Directiva afecta a empresas con más de 40 millones de euros de ingresos o con un balance superior a los 20 millones, a las que tengan más de 500 empleados, y a entidades de interés público, donde se incluye a grupos cotizados, bancos y aseguradoras.

Asimismo, deberán cumplirla las filiales de multinacional con sede en un país comunitario o que coticen en alguna de las Bolsas europeas. La Comisión Europea estima que 6.000 empresas deberán cumplir la norma, una cifra que en España puede llegar hasta las 600 compañías. El dato definitivo dependerá de cómo se concrete lo que se considera entidades de interés público, para lo que se tendrá en cuenta la Ley de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Icac).

¿Están las empresas españolas preparadas para la transparencia?

El estudio de Forética y Bankia señala que las compañías españolas estarán preparadas para cumplir la Directiva, si atendemos a la larga tradición de reporte extrafinanciero. Según un informe de KPMG, España tiene una tasa de reporte en materia de gobierno, social y ambiental superior a la media mundial. El 85% de los grupos nacionales presentaron informe en 2015, frente al 73% mundial. Además, España destaca en reporte integrado, que unifica la información financiera y extrafinanciera.

Para facilitar la elaboración y presentación de esta información, la Comisión Europea se ha comprometido a elaborar unas guías no vinculantes, que ayuden a interpretar la Directiva. Estas guías se publicarían en el segundo semestre de este año.

Directiva Europea contra la elusión fiscal

La Comisión Europea diseñó un conjunto de medidas para crear un marco fiscal equilibrado en la UE, que anunció en enero de 2016. Entre ellas, una propuesta de Directiva contra la elusión fiscal que trata de combatir la planificación y elevar la transparencia de las empresas que operan en el viejo continente. La norma impone un máximo de deducción de los interés de la deuda en los Estados miembros (no pueden superar el 30% del ebitda o el millón de euros), que el traslado de activos a otro país esté sujeto a tributación, una cláusula de inversión (los Estados no podrán eximir a los contribuyentes por ingresos o rentas generados en un tercero) y la obligación de divulgar los impuestos pagados en cada país y las subvenciones recibidas.

Tercera Directiva en liza: Implicación de los accionistas

La Directiva sobre fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas está aprobada por el Parlamento Europeo pero está pendiente de que le de el visto bueno el Consejo. Esta norma afecta a sociedades cotizadas, gestoras de fondos, intermediarios, depositarios y proxys advisors. Pone el foco en torno a elementos como el derecho de las empresas cotizadas a conocer la identidad de sus accionistas (que supone la coordinación de gestoras, comercializadores y depositarios, entre otros), el derecho a ejercer el voto por parte de los accionistas y la obligación de los grupos que están en Bolsa de fijar una política de remuneración de los directivos, que alinee sus incentivos con la estrategia de negocio, que debe ser sometida a votación de los accionistas.

 

Fuente: modificado de Expansión.

 

 
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