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Tras un exhaustivo y riguroso trabajo realizado por un equipo interdisciplinario formado por más de 28 profesionales, entre ellos expertos en Ciencias Ambientales, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, Colombia, multó a la sociedad Invercot S.A.S y a su titular por adelantar actividades mineras de extracción de materiales de construcción en los predios aledaños a la Ciudadela Sucre del municipio de Soacha. Por violar medidas preventivas de suspensión de actividades impuestas por la Corporación, la empresa tendrá que pagarle a la autoridad ambiental cerca de siete mil millones de pesos ($7.000 millones), como multa a los daños generados entre el 2013 y 2015.

La investigación inició el pasado marzo de 2013, con la visita a campo, en la que se impuso en flagrancia medidas de decomiso de 10 máquinas que estaban siendo utilizadas para adelantar actividades de extracción minera sin autorización ambiental y que fueron incautadas de manera definitiva por la CAR (Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca). Esta maquinaria quedó en manos de la CAR y está avaluada aproximadamente en 3.000 millones de pesos, que se sumarían a los 7.000 mil millones de la multa.

“También constatamos que la sociedad Invercot S.A.S. estaba incumpliendo la medida preventiva de suspensión de actividades impuesta en 2009 (Res. 549), al ejecutar actividades mineras extractivas en el área del contrato de concesión 14986 y en zonas aledañas al mismo, esta medida se adoptó basada en un proceso supremamente riguroso en el que la CAR incluyó a 28 profesionales”, señaló el director general de la CAR, Néstor Franco González.

Posterior a un exhaustivo análisis por parte de un equipo interdisciplinario de profesionales de las Ciencias Ambientales y abogados expertos, se formularon cargos a los presuntos infractores en julio de 2015, quienes presentaron los descargos respectivos. Agotadas todas las etapas del procedimiento establecido en la Ley 1333 de 2009, la CAR por medio de la Resolución 2691 del 16 de diciembre de 2016, declaró responsable al señor Carlos Arturo Toro Cadavid y a la Sociedad Invercot S.A.S.

Franco González señaló que como medida compensatoria se impuso la ejecución de un plan de trabajo para la Reconformación y Rehabilitación Paisajística y Ambiental de las zonas afectadas con las infracciones ambientales cometidas. De esta forma la CAR, como autoridad ambiental en su jurisdicción, continúa cumpliendo su deber de hacer cumplir la ley sin exclusiones y en sancionar las infracciones ambientales. Del mismo modo, hace un llamado a la ciudadanía a denunciar las irregularidades ambientales ante la autoridad ambiental del territorio CAR.

 

Fuente: modificado de Extra.

 

 
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