La Central de Ciclo Combinado de Son Reus, ubicada en el término municipal de Palma de Mallorca y propiedad de Endesa, tendrá que cumplir con condicionantes ambientales más estrictos gracias a un recurso interpuesto por el Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), tal y como ha resuelto la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares. La decisión tiene especial relevancia porque incide directamente en los niveles máximos de óxido de nitrógeno (NOx) que la central podrá emitir a la atmósfera. Este tipo de gases provocan efectos altamente nocivos para la salud humana y el medio ambiente.

central termica

La central de Son Reus está considerada una Gran Instalación de Combustión (GIC) por tener una potencia térmica nominal superior a los 50 MWt. Esto supone que se le aplican determinadas obligaciones de la Directiva de Emisiones Industriales (Directiva 2010/75/UE). Además, en esta misma directiva, se establece que la autoridad competente tiene un plazo de cuatro años para revisar y, si fuera necesario, actualizar las condiciones de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de este tipo de instalaciones, para adaptarlas al documento de conclusiones sobre las Mejoras Técnicas Disponibles (MTD).

Las últimas conclusiones para las GIC (Decisión de Ejecución (UE) 2017/1442) fueron publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea el 17 de agosto de 2017, por lo que la autoridad competente de las Islas Baleares (Comisión de Medio Ambiente) tenía que revisar la AAI de la central de Son Reus como muy tarde el 17 de agosto de 2021.

El 27 de mayo de 2021 la referida Comisión publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) el Acuerdo del Pleno por el que otorgaba la revisión de la AAI de la central. Este Acuerdo establecía, entre otros, nuevos Valores Límite de Emisión (VLE) a la atmósfera para los NOx, a aplicar a partir del 17 de agosto de 2021. Sin embargo, debido a un error en el cálculo de la potencia térmica nominal, los VLE establecidos no resultaban estar en línea con lo dispuesto en la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1442, al ser más permisivos.

Por este motivo, IIDMA interpuso un recurso de reposición en el que pedía la modificación de estos VLE con el fin de que se aplicasen los valores correctos y más estrictos previstos en la normativa europea. Finalmente, y a pesar de las alegaciones presentadas por Endesa, la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares ha estimado el recurso de IIDMA y ha ordenado la modificación del contenido del acuerdo, rebajando los VLE de NOx.

Para IIDMA, asegurar que importantes fuentes de contaminación atmosférica, como son las centrales de ciclo combinado, operen con un permiso que esté en línea con lo exigido por la legislación medioambiental vigente es una cuestión de especial relevancia dado el difícil contexto de emergencia climática y ambiental en el que nos encontramos”, apunta Massimiliano Patierno, ingeniero ambiental del Instituto.

 

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