En el decimoprimer aniversario de la fatídica tragedia, el juez del caso Prestige ha absuelto a los tres únicos acusados por la mayor catástrofe medioambiental vivida en España: el capitán del petrolero, Apostolos Mangouras, el jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos, y el ex director general de la Marina Mercante, José Luis López Sors, único miembro de la Administración al que se le atribuyó alguna responsabilidad. Con la absolución de López Lors, el tribunal exime también de responsabilidad a la Administración, al entender que no provocó la catástrofe sino que trató de solucionarla y evitar daños materiales y humanos, por lo que el Gobierno queda exento de sufragar los daños que se le reclamaban.
El magistrado los absuelve de los delitos contra el medio ambiente y daños en espacios naturales protegidos y únicamente condena al capitán del buque a una pena de 9 meses de prisión por ser el "autor criminalemente responsable de un delito de desobediencia grave".
La sentencia reconoce los daños económicos que sufrió la costa: "63.000 toneladas de fuel, 170.000 residuos, 2.900 kilómetros de costa y 1177 playas afectadas", pero asegura que "no existe responsabilidad penal", puesto que "nadie sabe exactamente la causa de la avería". En este sentido, el fallo establece, entre una de sus conclusiones, "la dificultad de atribuir responsabilidades precisas y la imposibilidad de investigar en detalle algunas cuestiones", aunque considera probado que hubo un fallo estructural en el petrolero, un "mantenimiento deficiente". "La empresa propietaria del barco sabía que sus condiciones no eran las adecuadas pero lo ocultó", ha dicho el magistrado durante la lectura del fallo.
Para los tres acusados se pedía una condena de entre 5 y 12 años de cárcel, aunque era improbable que fueran a prisión dada su avanzada edad y la petición expresa del fiscal de Medio Ambiente y los letrados de las acusaciones al respecto. La sentencia por los daños derivados del hundimiento del petrolero Prestige en noviembre de 2002 ante las costas de Galicia ha marcado el punto y final de un prolongado camino judicial sobre la mayor catástrofe medioambiental ocurrida en España.
Indignación de la sociedad
Muchas han sido las organizaciones ecologistas y sociales que han denunciado que en el banquillo de los acusados no se hayan sentado los responsables políticos de aquel entonces, entre ellos el exministro de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos, o el propio Mariano Rajoy, que ejercía como vicepresidente del Gobierno. El propio juez del caso reconoció en su día que "faltaban muchos implicados".
Por ejemplo, para Ecologistas en Acción, a pesar de que la sentencia reconoce el deficiente y precario estado del petrolero y que el control de la inspección realizada tiempo atrás por la empresa ABS no fue adecuado, los jueces no encuentran responsabilidades en ese ámbito. Ecologistas en Acción entiende que si el estado del buque es notoriamente deficiente y se produce un accidente que ocasiona un grave vertido la responsabilidad debe atribuirse a quienes tuvieron la capacidad de tomar decisiones sobre la navegabilidad del barco, que no son otros que las empresas propietarias y el capitán.
Los responsables de su estado son los que han podido adoptar medidas para el cumplimiento de las medidas de seguridad que les hubieran podido imponer en las revisiones efectuadas, en la inversión en medidas de mantenimiento y mejora de la estructura y casco del buque, o en las propias revisiones realizadas, es decir, el armador, el fletador, el propietario o la compañía de inspección. El que la apertura del boquete se produjera por el temporal, por una ola gigante o por el colapso de un tabique de la estructura o por todos los factores a la vez, no es tan determinante como el estado previo del barco.
Más sorprendente es la absolución de quien aparece en el proceso como el único responsable administrativo del alejamiento del petrolero accidentado: el Director General de la Marina Mercante. Para Ecologistas en Acción, no es de recibo considerar, como hace la sentencia, que acercar el barco a la costa hubiera traído más problemas que el alejamiento. En aquellas fechas ya existían protocolos y había experiencia sobre que un posible derrame en un puerto supone un impacto económico y ecológico menor que en mar abierto, donde se dispersa y reparte la contaminación, como se comprobó después, por cientos de kilómetros de costa. No se puede afirmar que las autoridades españolas tuvieran en ese momento el asesoramiento adecuado.
Para Ecologistas en Acción, la mayor catástrofe ambiental del Estado español y una de las mayores de Europa, con impactos ambientales y por supuesto también sociales y económicos, se salda por la justicia española con una sentencia vacía que nos llena de indignación.
¿No hay jurisprudencia en delitos ambientales?
Similares casos no han sentado precedentes. La "mala señalización" de una aguja rocosa provocó que el petrolero Urquiola encallara, en 1976, frente al puerto de A Coruña. La Comandancia de Marina ordenó llevar el buque mar adentro y, en el intento, explotó. Se derramaron 100.000 toneladas de crudo. La justicia calificó de "precipitada, desacertada, absurda y criticable" la orden de alejar el Urquiola de la costa, y el Estado, además, fue condenado como responsable de un "anormal funcionamiento de los servicios públicos" por no haber señalado con precisión las cartas marítimas.
En 1992, otro petrolero, el Mar Egeo, embarrancó frente a la Torre de Hércules, al intentar entrar en el canal, tras recibir la orden de aproximación del práctico del puerto de A Coruña. Siete depósitos del barco estallaron. El vertido fue de cerca de 67.000 toneladas de crudo. El juez consideró que tanto el práctico (empleado público) como el capitán cometieron una imprudencia y repartió la responsabilidad entre ambos.
En ambas catástrofes, precedentes al Prestige, la justicia apuntó a la existencia de una imprudencia y las condenas se basaron en la concurrencia de esta característica, necesaria para la comisión de un delito ambiental siempre que no se trate de casos voluntarios ejecutados por el autor.
¿Qué hace del Prestige un caso diferente? Una vez más se demuestra que la justicia es incapaz de juzgar grandes catástrofes ambientales, que quedan impunes, como el caso de Boliden con las minas de Aználcollar y ahora el hundimiento del Prestige.
Fuentes: modificado de Público.es, Theo Oberhuber y Nerea Ramírez en Ecologistas en Acción y María Fabra en El País.