La Sala declara inconstitucional y nula la Ley de las Cortes de Castilla y León 6/2010, de 28 de mayo, de declaración del proyecto regional del «Complejo de Ocio y Aventura Meseta-Ski». Se declaró Proyecto Regional por su singular interés para la Comunidad, estableciendo entre sus efectos la inmediata aptitud para la ejecución del proyecto y para su actividad posterior y puesta en funcionamiento al servicio de todos los ciudadanos. El Letrado del Estado esgrime como argumento la vulneración de lo dispuesto, entre otros, del art. 50.1 de la Ley de Montes, que prohíbe el cambio de uso forestal de los terrenos afectados por un incendio, al menos durante treinta años.
"La sentencia comentada nos describe la fórmula empleada por la Administración autonómica, aprobación por Ley de un proyecto regional, en principio de especial interés; que únicamente puede impugnarse a través de la vía del recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, por lo que la oportunidad de recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa quedaría vedada. Y cómo a través de esta fórmula se pretenden sortear pronunciamientos jurisdiccionales previos que ya anticipaban la imposibilidad de ejecutar el proyecto en terrenos que habían resultado incendiados. Nuestra norma forestal de cabecera, al igual que la autonómica, contemplan la necesidad de que transcurra un periodo mínimo de tiempo para permitir el cambio de uso forestal en terrenos incendiados, precisamente para favorecer la regeneración de la cubierta vegetal. En definitiva, el Tribunal pone de relieve que el art. 50.1 de la Ley de Montes se ha dictado dentro de la competencia estatal sobre protección del medio ambiente y su naturaleza es básica, por lo que puede limitar otras competencias autonómicas, aunque sean exclusivas, tal como sucede en materia de ordenación del territorio. Veremos en que queda la presumible imposibilidad de ejecutar los fallos judiciales." Por Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT).
Sentencia 162/2014, de 7 de octubre de 2014.