En una planta de reciclaje, ¿es la viruta de hierro que llega con taladrina un residuo peligroso o se considera una incidencia? ¿Es viable la separación de la viruta y la taladrina por gravedad?
¿Se puede aplicar el Real Decreto 255/2003 por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, y considerar que es peligroso si la cantidad de taladrina excede de un porcentaje en función de la peligrosidad de ésta?
Aprende y Opina, junto con MEDIOAMBIENTE3, jogarlor, quercus y otros profesionales e interesados en el Medio Ambiente, en este interesante debate sobre la Viruta de hierro con taladrina.