Real Decreto 1330/2012, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalete y Barbate

El artículo 40.3 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, dispone que la planificación hidrológica se llevará a cabo a través de los Planes hidrológicos de cuenca y del Plan Hidrológico Nacional. De acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley de Aguas, en las demarcaciones hidrográficas con cuencas comprendidas íntegramente en el ámbito territorial de una comunidad autónoma, como es el caso, la elaboración del Plan Hidrológico corresponde a la administración hidráulica competente.




¿Qué organismo debe de conceder la autorización de vertidos al mar?
En esta ocasión quiero compartir con vosotros una pequeña guía de recursos. Las direcciones que os sugiero son algunas de las que visito con frecuencia, por lo que espero que os sean igual de útiles que a mi. Recordad que el post queda abierto a que indiquéis vuestros lugares preferidos en Internet -relacionados con la sostenibilidad en general o con el medio ambiente en particular, claro-. ;)
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