Orden de 18 de diciembre de 2017 que establece las normas de aplicación del ICAM gallego
El impuesto compensatorio ambiental minero (ICAM), tributo propio de la Comunidad Autónoma de Galicia, de carácter ambiental, fue introducido por la Ley 12/2014 de medidas fiscales y administrativas. Este impuesto está orientado a compensar las externalidades negativas generadas por las actividades de extracción, explotación y almacenamiento de minerales metálicos industriales y metales preciosos. La presente Orden de 18 de diciembre de 2017 tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable al cumplimiento de las obligaciones tributarias concernientes al ICAM.